Condenada por coaccionar por redes sociales a la pareja de su ex

Escrito por Licos. 9 de marzo de 2022 - MIÉRCOLES.

El juzgado de instrucción número 1 de Cartagena ha impuesto a la denunciada una pena económica de 450 euros de multa como autora de un delito leve de coacciones.


La sentencia reseña, en sus antecedentes de hecho, que la ahora condenada se refería, por redes sociales y de mensajes, a la pareja de su ex con los términos:  "puta, retrasada, retrasada mental, sinvergüenza, nini, muerta de hambre, ocupa, prostituta, la puta que está embarazada…”. También le decía “engendro” al hijo de la afectada, a qujien provocó que no llevara al menor al colegio por miedo a encontrarse con la otra mujer y que lo insultara.

La condena fue de tres meses de multa a razón de 5 euros de multa, siendo la sentencia recurrida ante la Audiencia Provincial, que ha desestimado el recurso exponiendo, entre otros argumentos, que la actuación de la denunciante “incordiando constantemente mediante insultos a la persona que convive con su hijo menor de edad, es un comportamiento grave”. Reseñar que el padre es el que tiene atribuida la custodia del pequeño, fruta de la relación anterior.

Etiquetas: Cartagena

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