PERIÓDICO DE SUCESOS, TRIBUNALES y TRÁFICO DE LAS COMARCAS DEL CAMPO DE CARTAGENA Y DEL MAR MENOR                                                                         booked.net

El fiscal pide la nulidad del expediente de expulsión de VOX a tres diputados regionales

El representante del ministerio público, tras el juicio celebrado en el juzgado de primera instancia número 4 de Cartagena, considera que no se dan los requisito que justifiquen el expediente disciplinario a Juan José Liarte, Mabel Campuzano y Francisco José Carrera y también solicita que se anule la convocatoria de elecciones para el comité provincial que se efectuó dos meses más tarde. Sí apunta que los argumentos de Liarte son "menos consistentes" que los de sus dos compañeros porque dejó de pagar sus cuotas como afiliado.

⚖     La defensa de los demandantes han planteado que existen "defectos formales graves y todo el expediente es una farsa" en las decisiones, mientras que el representante legal del partido afirma que están "acreditados" los motivos de las expulsiones "al romper la lealtad al partido" y que todo el expediente "se ha llevado con pulcritud"



En el verano de 2020 fueron expulsados Juan José Liarte, Mabel Campuzano y Francisco José Carrera de VOX, quienes han seguido como diputados en la Asamblea Regional y llevaron este asunto a la vía judicial, que hoy ha acogido el juicio ante el titular del juzgado número cuatro de primera instancia.

Tras el capítulo de declaraciones de afectados y testigos, la abogada de los tres ha expuesto sus conclusiones, considerando que el procedimiento de expulsión ha sido 'chapucero' por parte de VOX y solicitando la nulidad del acuerdo de 23 de junio de 2020"por defectos formales graves en todos los órganos que han intervenido en el proceso". Ha indicado que el desencadenante de este conflicto fue la filtración de una información al diario La Verdad, "lo que fue considerado como una traición", apuntando que hay otra vía penal abierta en los juzgados por desvelación de secretos. "El periodista que firma esa noticia ha desmentido a José Ángel Antelo (presidente regional de Antelo) y en una grabación de 5 minutos comentá que cómo se puede pensar que son ellos los autores", añadiendo que este asunto siguió adelante "por empecinamientos" personales, "pues el fondo de las tres bases de la decisión no son ciertas. Todos el expediente es una farsa surgida por una filtración a la prensa".  



El abogado de VOX, por su parte, en sus conclusiones, ha afirmado que fueron "hechos graves que justificaron plenamente las expulsiones" y que ha quedado "acreditada la pulcritud con la que se ha llevado el expediente". Sobre los testimonios del juicio, ha apuntado que no se han rebatido "realmente las causas". También ha hablado sobre la filtración de una información a la prensa. "Este tema no entró en la valoración definitiva y no fue importante en la resolución final", remarcando que todo "es un asunto de deslealtad que no se ha justificado. Rompieron la lealtad al partido de forma unilateral, vulnerando principios fundamentales de los afiliados, como reflejan los estatutos". Respecto a la convocatoria de las elecciones al comité provincial de fecha uno de septiembre de 2020, ha remarcado que no fue impugnado el período electoral "y no fueron parte los demandantes". Finalmente, ha reiterado que ha quedado "perfectamente acreditado el expediente disciplinario", solicitando al magistrado la desestimación de la demanda de los tres diputados.

Ha cerrado el fiscal, Orencio Cerezuela, quien considera que no se dan "los requisitos que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional exige para que la resolución del expediente disciplinario expulsión de fecha 23 de junio de 2020 de expulsión y la de uno de septiembre de 2020 de convocatoria de elecciones para comité provincial fueran realizadas con respeto al derecho fundamental del artículo 22 de la constitución de la asociación e, incluso, al derecho de participación política".

Ha recordado que desde 22 de diciembre de 2016 ha cambiado la jurisprudencia, pues antes no se podía entrar en valorar las decisiones de un partido político, pero desde entonces sí se pueden analizar por la justicia las causas materiales, ha indicado el fiscal, "por lo que hay que valorar una a una", ha dicho, tras exponer sus conclusiones sobre esas bases de la expulsión. Considera que queda acreditada la revocación de poderes y que no ha quedado acreditado el origen de la filtración del artículo publicado en La Verdad. No considera que se haya dado una desobediencia o deslealtad, "no hay un mandamiento directo y lo que se da es un incumplimiento al no firmar un documento del que tenían duda sobre su legalidad". Sobre despedir a trabajadores del partido, "está acreditado que lo hicieron los demandantes, pero ellos eran responsables de estas personas, que ellos no habían contratado", ha apuntado el representante del ministerio público entre sus diversas consideraciones.

Orencio Cerezuela ha finalizado que donde el ministerio fiscal si observa que existe legalidad y prueba es el impago de cuotas por parte de Liarte Pedreño, pues ese no pago sí puede justificar una expulsión, "por lo que en este punto la demanda no es tan consistente como en el resto de los motivos". Concluyó el fiscal reiterando la petición al magistrado de nulidad del acuerdo de 23 de junio de 2020 y de la convocatoria de elecciones al comité ejecutivo provincial, de uno de septiembre del mismo año, excluyendo a los demandantes.

El asunto ha quedado visto para sentencia. 

Etiquetas: Cartagena

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