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Amenazas con castigo caducado

Dos mujeres fueron condenadas a pagar 270 euros de multa por amenazar (“te voy a dar una paliza”, “te voy a matar”) a una compañera de trabajo en una empresa agrícola de Torre Pacheco. Un juzgado fijó la condena de 270 euros a cada una como autoras, pero la sentencia ha sido revocada por la Audiencia por prescribir al superar el año en los casos de delitos leves, ya que el recurso de apelación estuvo tres años paralizado en el juzgado de instrucción.


El incidente, que un juzgado de San Javier declaró como probado, tuvo lugar en 2017. La clave en la decisión de la sección quinta de la Audiencia Provincial está en el recurso:
“Aplicando esta doctrina (en referencia a una sentencia del Tribunal Constitucional) se evidencia que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 130 y 131 del Código Penal sobre la prescripción de los delitos como causa de extinción de la responsabilidad criminal, en el presente supuesto debe declararse tal prescripción del delito leve objeto de las actuaciones, concretamente el de amenazas por el que fueron condenadas las ahora apelantes, ya que, examinadas éstas, resulta que la tramitación del recurso de apelación quedó totalmente paralizado en el juzgado de instrucción entre la fecha de su admisión, 26 de febrero de 2018 y la providencia de 15 de febrero de 2021 por la que se impulsa la tramitación del recurso que hasta ese momento no se había hecho, tal y como también advertía la providencia de fecha 28 de enero de 2021, es decir, durante más de un año. Por consiguiente, previendo el citado artículo 131 del Código Penal que los delitos leves prescriben al año, resulta obligado declarar extinguida la responsabilidad criminal y, en consecuencia, un pronunciamiento absolutorio”.

Etiquetas: Torre Pacheco

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