Condenan a Facebook en Italia

Escrito por Eva Jiménez (OCU). 13 de enero de 2020, lunes.

El Tribunal Administrativo Regional Italiano ha confirmado la multa de 5 millones de euros que la Autoridad Antimonopolio de Italia impuso al gigante estadounidense de las redes sociales en diciembre de 2018. El motivo es una práctica comercial ilícita al proporcionar a sus usuarios información incompleta y no transparente relacionada con el uso de datos personales.



El Tribunal Administrativo Regional de Lazio ha confirmado la multa de 5 millones de euros que la autoridad de la competencia italiana había impuesto a Facebook en diciembre de 2018 por prácticas comerciales desleales. El tribunal italiano ha declarado que Facebook ocultó el valor de los datos personales de los usuarios al proporcionar solo información genérica, incompleta y no transparente sobre el uso de datos para fines comerciales al registrarse en la plataforma. De esta forma por primera vez una sentencia reconoce que los datos tienen valor y, por lo tanto, pueden ser susceptibles de explotación económica.

La confirmación de la multa y los argumentos recogidos en la sentencia suponen una decisión histórica y un fuerte espaldarazo a las acciones judiciales que las asociaciones pertenecientes al grupo Euroconsumers están llevando a cabo en sus diferentes países y que han suscitado el apoyo de más de 250.000 consumidores en Europa.

Desde el estallido en 2018 del escándalo Cambridge Analityca, las asociaciones del grupo Euroconsumers han llevado a cabo distintas acciones para exigir la responsabilidad de Facebook. Ante la negativa de la empresa a indemnizar a los consumidores, se iniciaron acciones colectivas en Bélgica, Italia, España y Portugal contra Facebook, pidiendo una compensación de al menos 200 € para cada uno de los usuarios de Facebook por el mal uso de sus datos. Estas acciones cuentan con el apoyo de casi 250.000 consumidores europeos y que en España respaldan 47.000 usuarios.

En España, OCU presentó su demanda en octubre de 2018, que fue admitida a trámite por el Juzgado en julio de 2019.  OCU confía en que las sanciones y argumentos de los tribunales italianos refuercen esta demanda y sirvan para que los consumidores obtengan una justa compensación. OCU lamenta el resultado que acciones similares han tenido en España, en particular la CNMC, donde una denuncia similar no ha tenido efecto. Para la Organización, el caso Facebook es un buen ejemplo de la necesidad de dotar a las autoridades de protección de los consumidores de instrumentos adecuados para atajar, perseguir y sancionar los fraudes masivos a los consumidores.

Por otra parte, OCU lamenta la lentitud de estas acciones colectivas. En este caso motivado por la actitud de Facebook que no deja de poner trabas, cuestionando la competencia de los tribunales españoles o solicitando la traducción de la demanda y la documentación adjunta, acciones que tienen como único objetivo dilatar un proceso ya de por si lento. OCU cree necesaria una modificación de la normativa de acciones colectivas que elimine obstáculos y agilice los procesos de indemnizaciones para los consumidores.

OCU es una organización sin ánimo de lucro e independiente, gracias el apoyo de sus más de 250.000 socios. Como organización de usuarios, OCU tiene como objetivo contribuir e influenciar, para conseguir el bienestar común de todos los usuarios en España, con trasparencia y ofreciendo contenidos e informaciones cercanas y útiles que hacen posible que los usuarios se enfrenten a la contratación de servicios y adquisición de productos bien informados. 

Euroconsumers es el segundo grupo de consumidores más grande del mundo y representa a cinco organizaciones nacionales de consumidores que dan voz a un total de más de 1.5 millones de consumidores. Nuestras organizaciones trabajan en estrecha colaboración con BEUC y Consumers International para garantizar relaciones seguras, justas y honestas entre consumidores, empresas y autoridades.
* Texto remitido en el que se respeta el contenido íntegro, la redacción y la ortografía, con excepción de la entradilla del artículo
 

 

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