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El TC anula la plusvalía que cobran los ayuntamientos de España

La resolución del Tribunal Constitucional, que supone un duro golpe para los consistorios, afecta a todas las operaciones que se lleven a cabo a partir de ahora o estén pendiente en los juzgados.

📌.   La Federación Española de Municipios y Provincias considera necesaria una nueva norma que permita restablecer el impuesto con “justicia de recaudación”



El pleno del TC declara la inconstitucionalidad y nulidad de los artículos 107.1 párrafo segundo, 107.2 A) y 107.4 del texto refundido de la ley de Haciendas locales. El Pleno ha resuelto lo siguiente:

PARTE DISPOSITIVA:
 “En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido:

 Estimar la cuestión de inconstitucionalidad núm. 4433-2020, promovida por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga y, en consecuencia, declarar la inconstitucionalidad y nulidad de los arts. 107.1 segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en los términos previstos en el fundamento jurídico 6”.

La sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Ricardo Enríquez, considera que son inconstitucionales y nulos los artículos 107.1, segundo párrafo, 107.2.a) y 107.4 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales (RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo), porque establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento.

 El fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia.

 La sentencia cuenta con el voto particular concurrente del Presidente Juan José González Rivas y los votos discrepantes del magistrado Cándido Conde-Pumpido y de la magistrada María Luisa Balaguer.


FEDERACIÓN DE MUNICIPIOS

El Presidente de la FEMP, Abel Caballero, ha manifestado esta tarde, sobre la sentencia del TC relativa al impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, que “debemos esperar a conocer la exactitud de la decisión del alto tribunal. De confirmarse la primera interpretación se plantearía una nueva norma que permita restablecer el impuesto con “justicia de recaudación”.

Tan pronto la Sentencia se conozca en profundidad, se convocará una Junta de Gobierno Extraordinaria de la FEMP y, desde la Federación, “nos pondremos en contacto con la Ministra de Hacienda y procederemos a interpretar la Sentencia conjuntamente y pediremos al Gobierno de España analizar de forma conjunta la solución”.

🖌️ Texto remitido en el que se respeta íntegramente contenido, redacción y ortografía, salvo en el titular y en la entradilla del artículo

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