Nuevo Código Penal

Escrito por Emilio Cerezuela. Abogado de Ápices. 9 de abril de 2015, jueves.

En el Boletín Oficial del Estado de fecha 31 de marzo de 2015 se publica la modificación del Código Penal, que entrará en vigor el próximo día 15 de julio. En lo referente al colectivo que nos ocupa, hacer mención que en el mismo se contempla una sustitución de términos que interesa el reseñar.

En efecto, se acuerda que “todas las referencias contenidas en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre (antiguo Código Penal) a los términos “incapaz” o “incapaces” se sustituyen por los términos “persona con discapacidad necesitada de especial protección” o “personas con discapacidad necesitadas de especial protección”.  De la misma forma se hace constar que “todas las referencias contenidas en la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, al término ‘minusvalía’ se sustituyen por el término ‘discapacidad’.

Igualmente, se publica una disposición adicional primera, relativa a la “Autorización Judicial de esterilización”, en la que entraremos en otro momento.

Servicio de justicia móvil (recogido de ‘Noticias jurídicas’ del pasado día uno de abril) 
El ministerio de Justicia ha puesto en marcha un Servicio de Atención a las Personas con Discapacidad Auditiva y/o del habla, mediante el que podrán contactar con el Servicio de Información del Ministerio para realizar consultas. Señala la nota de prensa del gabinete de Comunicación del Ministerio, que los usuarios pueden descargarse la aplicación Texmee, disponible en los sistemas operativos IOS y Android, que permite comunicarse con el Ministerio

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