PERIÓDICO DE SUCESOS, TRIBUNALES y TRÁFICO DE LAS COMARCAS DEL CAMPO DE CARTAGENA Y DEL MAR MENOR                                                                         booked.net

Sufragio pasivo

El Estado español continua sin aplicar la Convención de Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU, ratificada en 2008, al impedir ejercer el derecho de sufragio a 80.000 personas que cuentan con una sentencia judicial de incapacidad total, dato éste de la Fiscalía General del Estado, ya que la Ley Orgánica de Reforma Electoral (LOREG) todavía no ha sido modificada por el Parlamento Español, por lo que miles de ciudadanos españoles quedan excluido de los comicios, informa Europa Press.

El presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI), D. Luis Cayo Pérez Bueno asegura que “este es el problema más radical y estructural. Lo permite la Legislación Electoral”.  También recuerda que la Convención de Naciones Unidas obliga a España a modificar la Ley bajo la premisa de que ninguna persona por razones de discapacidad puede ser privada de éste derecho fundamental.

En 2011 la ONU examinó a España para comprobar el nivel de adaptación de más de 90 Normativas a la Convención, que se había firmado tres años antes. Recuerda el Presidente del CERMI que Naciones Unidas advirtió al Gobierno de que no había hecho los deberes en materia electoral al no modificar la LOREG.  A su juicio se trata de una cuestión de “voluntad política”, ya que en Octubre de 2013 la Comisión constitucional del Congreso de Diputados aprobó por unanimidad solicitar al Gobierno que elaborara una propuesta de reforma electoral en el plazo de seis meses, pero ha pasado más de un año y medio desde entonces y desde el  Ejecutivo  no ha salido ningún informe al respecto. “No cuesta nada acometer éste cambio”, lamenta Pérez Bueno, que asegura que el Ministerio del Interior, que es el Organismo competente en materia electoral, “insiste en que no es necesario modificar la ley”, pese a la advertencia de la ONU, la petición del Congreso de los Diputados y la insistencia del Real Patronato de Discapacidad.

Para el gerente de Down España, Agustín Matía, el problema sobre la restricción del voto del colectivo con discapacidad intelectual radica en la “aplicación estricta” de la LOREG por determinados jueces, que en sus sentencias realizan una definición de la capacidad de la persona para determinar si puede o no ejercer su derecho de sufragio. 

A nivel local, puedo comentar que se están obteniendo sentencias favorables en el Juzgado de Familia de Cartagena, en el sentido de mantener el derecho de sufragio pasivo de las personas a incapacitar, siempre y cuando se solicite y éstas muestren algún tipo de interés en mantenerlo.  El problema está en las sentencias ya dictadas, a las que en cumplimiento de la LOREG se les privó del derecho al sufragio pasivo. 

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