Testigos en testamentos de personas ciegas y sordas

Escrito por Emilio Cerezuela. Abogado de Ápices. 19 de junio de 2015, viernes.

El pleno del Congreso de los Diputados acaba de aprobar la Ley de Jurisdicción Voluntaria con una enmienda que implica la eliminación en el Código Civil de las restricciones para que puedan ser testigos en testamentos las personas con discapacidad.

La Ley establece que no pueden ejercer esa función los ciegos y los totalmente sordos o mudos, ni tampoco los que no estén en su sano juicio. La enmienda para eliminar esa referencia fue presentada por el PP en el Senado y ratificada por el Congreso de los diputados en la aprobación definitiva de la Ley de Jurisdicción Voluntaria.

El CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) había denunciado esta flagrante exclusión contra las personas con Discapacidad, y fue este Comité quien planteó al Ministerio de Justicia la modificación del correspondiente artículo del Código Civil, petición finalmente asumida por el Gobierno y las Cámaras.

En la enmienda, el PP planteó el cambio de la redacción del artículo 681 del código Civil, para que solo excluya como posibles testigos de testamentos a los menores de edad; a “los que no entiendan el idioma del testador”, a “los que no presentes el discernimiento necesario para desarrollar la labor testifical”; y “al cónyuge o los parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad del notario autorizante y quienes tengan con éste relación de trabajo”.

El PP argumenta en su enmienda que la exclusión por discapacidad para ser testigos en testamentos “es contraria a los artículos 2 (ajustes razonables), 5 (igualdad y no discriminación) y 12.3 (apoyo en ejercicio de la capacidad jurídica) de la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, publicada en el BOE de 21 de abril de 2008.

Además, añaden los Populares que “el artículo 4.1.b) de dicha Convención obliga a los Estados partes a “modificar o derogar leyes, reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan discriminación contra las personas con discapacidad”.

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