Sanción a Iberia por inaccesibilidad página corporativa de Internet

Escrito por Emilio Cerezuela. Abogado de Ápices. 31 de julio de 2015, viernes.

La Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad ha sancionado administrativamente a la compañía aérea Iberia con una multa de 30.001 euros por la inaccesibilidad de su página corporativa de internet.

Se trata de una sanción considerada grave en su grado mínimo por infracción del deber de disponer de una página de internet en condiciones de accesibilidad, con arreglo a la legislación de servicios de la sociedad de la información y a la de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

Como sanción accesoria, el mismo órgano gubernamental impone a Iberia la prohibición de concurrir en procedimientos de concesión de ayudas sociales, consistentes en subvenciones o cualesquiera otras ayudas en su sector de actividad del transporte aéreo durante un mes.

Con esta sanción, recurrible ante la jurisdicción contencioso-administrativa y la primera de estas características que se impone en España, finaliza en sede administrativa el expediente sancionador iniciado contra Iberia a raíz de una denuncia del CERMI interpuesta en 2010 por infracción del deber de accesibilidad universal en el ámbito digital.

Las grandes empresas, de acuerdo con la definición que la Ley ofrece de ellas a estos efectos, tienen la obligación de que sus páginas de Internet sean accesibles y la vulneración de este deber supone una infracción administrativa sancionable por el Estado.

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