El acoso sexual callejero entra en el nivel de los delitos

Escrito por Licos. 9 de julio de 2021, viernes.

El consejo de ministros del Gobierno de España ha aprobado el proyecto de Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, que determina que todo acto sexual sin consentimiento es una agresión. Esto supone eliminar los abusos del Código Penal y reestructura las penas.


Todo atentado contra la libertad sexual será una agresión y bajo ese paraguas agrupa varias conductas. Actualmente abuso y agresión son delitos distintos, diferenciados por la existencia o no de violencia o intimidación. En el caso de no haber penetración, el primero está penado con entre 1 y 3 años de cárcel o multa de 18 a 24 meses y el segundo, con entre 1 y 5 años de prisión. La conocida como ley del 'solo sí es sí' determina una privación de libertad que oscilará entre 1 y 4 años. El proyecto agrega que los jueces podrán "imponer la pena de prisión en su mitad inferior o multa de 18 a 24 meses, en atención a la menor entidad del hecho y a las circunstancias personales del culpable".

Cuando exista penetración, las penas irán de entre 4 y 10 años de cárcel y la agresión, de entre 6 y 12. La nueva norma pretende que no se hagan esas distinciones y que ambas circunstancias sean consideradas violación, aunque no medie violencia o intimidación como requiere la legislación actual. Su propuesta de pena abarca de los 4 a los 12 años. "Cuando entre en vigor la ley, las víctimas ya no tendrán que acreditar que se han resistido o que ha habido violencia", han defendido desde el Ministerio de Igualdad.

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