PERIÓDICO DE SUCESOS, TRIBUNALES y TRÁFICO DE LAS COMARCAS DEL CAMPO DE CARTAGENA Y DEL MAR MENOR                                                                         booked.net

Iba sin carné de conducir, sin seguro, ebrio y en sentido contrario

Doblaba el máximo de tasa de alcohol permitida y circuló de forma indebida durante cuatro kilómetros, colisionando con otro vehículo (por fortuna, sin daños personales) que iba correctamente en la N-332 (Cartagena-Valencia), término municipal de Los Alcázares. El investigado es un joven moldavo de 20 años de edad que reside en Torrevieja.



La Guardia Civil de la Región de Murcia ha intervenido en un accidente de circulación, en la N-332 (Cartagena-Valencia), término municipal de Los Alcázares, ocurrido cuando un vehículo se incorporó en sentido contrario en la citada vía y colisionó contra otro usuario que circulaba correctamente.

El conductor ha resultado investigado por la presunta autoría de tres delitos contra la seguridad, por conducir sin carné, hacerlo bajo la influencia de bebidas alcohólicas y conducción temeraria.

La actuación tuvo lugar cuando el Centro Operativo de Tráfico (COTA) del Sector/Subsector de Tráfico de la Guardia Civil de Murcia fue alertado de de un accidente de circulación, a la altura del kilómetro  27,400 de la carretera N-332 (Cartagena-Valencia), término municipal de Los Alcázares, en el que se hallaban implicados dos vehículos.

Una patrulla de motoristas del Destacamento de Tráfico de Cartagena y una dotación de Policía Local de Los Alcázares se desplazaron al lugar y verificaron que se trata de una colisión fronto-lateral entre dos turismos, en el que solo se habían producido daños materiales en los vehículos implicados.

Al parecer, el accidente se produjo cuando uno de los conductores se incorporó indebidamente a la autopista AP-7 desde San Javier (salida 782), circulando sentido Cartagena por los carriles sentido Alicante, recorriendo en torno a unos cuatro kilómetros en sentido contrario al estipulado hasta incorporarse a la N-332 donde colisionó contra otro usuario de la vía.

Después de atender a ambos conductores, los agentes identificaron a la persona que conducía en sentido contrario quien, además, presentaba indicios de haber ingerido alguna sustancia incompatible con la conducción.

Después de ser sometido a las preceptivas pruebas de alcoholemia, arrojó un resultado positivo de 0,72  y 0,59 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, superando en más del doble la tasa máxima permitida que es de 0,25 mg/litro.

El joven conductor, de nacionalidad moldava, de 20 años de edad y vecino de Torrevieja (Alicante), además, carecía autorización administrativa para conducir, al no haberla  obtenido nunca.


Por todo ello, resultó investigado como presunto autor de tres delitos contra la seguridad vial, circular de forma manifiestamente temeraria (sentido contrario en autopista) poniendo en peligro concreto la vida o la integridad de otros usuarios,  conducir un vehículo a motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas y conducir sin haber obtenido nunca el permiso de conducción. Además fue propuesto para sanción administrativa por carecer el vehículo de seguro obligatorio.


La persona investigada y las diligencias instruidas fueron puestas a disposición del Juzgado de Instrucción número 1 de San Javier (Murcia).


El delito de conducción temeraria se encuentra recogido en el artículo 380 del Código Penal y puede ser castigado con penas de prisión de 6 meses a 2 años y privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 6 años.

Por otro lado, el delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.

Asimismo, el delito de conducir un vehículo de motor sin haber obtenido nunca permiso de conducción, aparece tipificado en el artículo 384 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 12 a 24 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Por otro lado, la Guardia Civil de la Región de Murcia quiere apelar a la conciencia cívica de la población, para que avisen al teléfono 062 (Guardia Civil) o 112 (Emergencias) o directamente a las patrullas en servicio, cuando se encuentran con situaciones anómalas o maniobras irregulares que den lugar a pensar que los conductores lo hacen bajo la influencia de drogas o alcohol, con la finalidad  de poder adoptar las medidas policiales oportunas para que estos vehículos sean interceptados y comprobado si sus conductores se encuentran en las condiciones adecuadas para circular con garantías de seguridad, evitando el consiguiente riesgo.


* Texto remitido en el que se respeta el contenido íntegro, la redacción y la ortografía, con excepción del titular y de la entradilla del artículo

Etiquetas: Los Alcázares

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