PERIÓDICO DE SUCESOS, TRIBUNALES y TRÁFICO DE LAS COMARCAS DEL CAMPO DE CARTAGENA Y DEL MAR MENOR                                                                         booked.net

Conducir utilizando el móvil tendrá más castigo

La sanción aumenta de 3 a 6 puntos menos del carné de conducir, mientras que no llevar el cinturón de seguridad se eleva de 3 a 4, según refleja refleja el nuevo reglamento general de circulación del Gobierno de España. También habrá novedades en la movilidad urbana, con zonas donde se reducirá la velocidad a 20 km/hora. Los patinetes y vehículos personales eléctricos no podrán circular por las aceras.



El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha explicado que el Consejo de Ministros ha modificado la legislación con el objetivo de reducir la siniestralidad, rebajar en un 50% el número de fallecidos y heridos graves en accidentes de circulación en la próxima década y avanzar hacia una cifra próxima a cero en el año 2050.

Tráfico, Circulación y Seguridad Vial
El Ejecutivo ha analizado el anteproyecto de ley que reforma el Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos. Por un lado, aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil y, por otro, eleva de tres a cuatro los puntos que se perderán por no utilizar el cinturón de seguridad, los sistemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección.

Además, la norma tipifica como infracción grave llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares, lo que supondrá una sanción de 500 euros y la pérdida de tres puntos. Los turismos y motocicletas no podrán rebasar en más 20 kilómetros hora los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelantan a otros vehículos.

El texto introduce la posibilidad de recuperar dos puntos del carné por la realización de cursos de conducción segura certificados por la Dirección General de Tráfico (DGT).

Grande-Marlaska ha apuntado que desde la introducción del carné por puntos en 2006, los índices de siniestralidad vial se han reducido en un 57,2% y que casi el 1% de los conductores lo ha perdido por haber agotado los puntos.

Movilidad urbana
El titular de Interior también ha informado sobre la aprobación de un Real Decreto que modifica tanto el Reglamento General de Circulación como el Reglamento General de Vehículos. A su juicio, es necesario regular el tráfico urbano en las ciudades, donde el número de víctimas mortales ascendió entre un 6% y un 7% el año pasado.

La norma establece que en las vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera (sin diferencia de altura) el límite de velocidad será de 20 kilómetros hora. En las vías de un único carril por sentido de circulación, el límite será de 20 kilómetros hora y en las vías de 2 o más carriles por sentido, el límite seguirá siendo de 50 kilómetros por hora.

El ministro ha resaltado que rebajar la velocidad de 50 a 30 kilómetros por hora disminuye cinco veces el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello y que la medida no ralentiza el tráfico urbano.

Estos límites entrarán en vigor seis meses después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado para que los ciudadanos los conozcan y las administraciones locales dispongan de un plazo suficiente para adaptar la señalización.

Movilidad personal
El Real Decreto define los vehículos de movilidad personal como aquellos con una o más ruedas, dotados de una única plaza, propulsados exclusivamente por motores eléctricos, que alcanzan una velocidad máxima de entre 6 y 25 kilómetros por hora, como, por ejemplo, los patinetes.

Grande- Marlaska ha avanzado que se les aplicará el Reglamento General de Circulación como al resto de vehículos, por lo que se prohíbe su circulación por las aceras y zonas peatonales, así como en las vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías urbanas y túneles urbanos. Además, este tipo de vehículos tendrá que disponer del correspondiente certificado de circulación que acredite que cumplen determinados requisitos técnicos.

Acceso al permiso de conducir
El Gobierno ha reformado el Reglamento General de Conductores con la finalidad de reducir la edad mínima exigible para conducir camiones y autocares sin pasajeros a los 18 años si se tiene aprobado el Certificado de Aptitud Profesional. Además, contempla la posibilidad de que, previa valoración médica, personas con problemas asociados al sistema locomotor puedan conducir esos vehículos.

El ministro ha señalado que con estas medidas "se mejora el acceso de los jóvenes al mercado laboral en el sector de los transportes por carretera, donde hay escasez de conductores profesionales".

Por otra parte, Grande-Marlaska ha anunciado que la DGT está elaborando un reglamento de vehículos de auxilio en carretera, así como otra reforma del Reglamento de Circulación para proteger a los usuarios más vulnerables: peatones, ciclistas y motoristas, que suman más fallecidos en accidentes que los conductores de vehículos de cuatro ruedas.


* Texto remitido en el que se respeta el contenido íntegro, la redacción y la ortografía, con excepción del titular y de la entradilla del artículo
 

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